Duermen
el sueño de los inocentes,
sus almas puras, su amor confidente.
Mucho frìo y en la calidez de mi cama
somos los tres uno.
Nadie, màs que yo, los ama
tanto!
Soy feliz en este paraìso
construido por mis dos gatos.
Psicopedagogía - Docencia - Dirección de Organizaciones de la Sociedad Civil - Counseling- Psicología Social -Arteterapia - Meditación
16 de mayo de 2013
15 de mayo de 2013
Carta de la Comandante Esther
"Mi nombre es Esther, pero no importa ahora. Soy zapatista, pero eso
tampoco importa en este momento. Soy indígena y soy mujer, y eso es
lo único que importa ahora.
En este país fragmentado, vivimos los indígenas condenados a la vergüenza
de ser el color que somos, la lengua que hablamos, el vestido que
nos cubre, la música y la danza que hablan nuestras tristezas y alegrías,
nuestra historia.
Nosotras las mujeres indígenas, no tenemos las mismas oportunidades
que los hombres, los que tienen todo el derecho de decidir de
todo. Sólo ellos tienen el derecho a la tierra y la mujer no tiene derecho
como que no podemos trabajar también la tierra y como que no somos
seres humanos.
Las mujeres indígenas no tenemos buena alimentación, no tenemos vivienda
digna, no tenemos ni un servicio de salud ni estudios. No tenemos proyecto
para trabajar, así sobrevivimos la miseria. Esta pobreza es por el abandono
del gobierno que nunca nos ha hecho caso como indígenas y no nos han
tomado en cuenta. No has tratado como cualquier cosa.
Nosotras, además de mujeres, somos indígenas, y así no estamos reconocidas.
Nosotras sabemos cuáles son buenos y cuáles son malos los usos y costumbres.
Malas son de pegar y golpear a la mujer, de venta y compra, de casar
a la fuerza sin que ella quiere, de que no puede participar en asamblea, de que
y Cultura Indígena. Es muy importante para nosotras las mujeres indígenas
de todo México. Va a servir para que seamos reconocidas y respetadas como
mujer e indígena que somos. Eso quiere decir que queremos que sea
reconocida nuestra forma de vestir, de hablar, de gobernar, de organizar, de
rezar, de curar, nuestra forma de trabajar en colectivos, de respetar la tierra y
de entender la vida que es la naturaleza, que somos parte de ella"
Fuente:
Extracto del Discurso de la Comandante Esther del Ejército Zapatista de Liberación Nacional, pronunciado en el Palacio Legislativo Mexicano, el 28 de marzo de 2001.
Material aportado por la Cátedra de Derechos Humanos, Carrera Licenciatura en Dirección de las Organizaciones, Universidad Nacional de San Martìn
.
14 de mayo de 2013
Rasgos observables -Gestiòn de RRHH
Para desempeñar un rol en determinado cargo, podemos tener en cuenta:
Saber: se refiere a la preparación y conocimientos de la persona.
Saber hacer: se refiere a la capacidad para utilizar los conocimientos de manera eficiente y eficaz.
Saber estar: hace referencia a lo actitudinal, a las conductas y los comportamientos conforme a las reglas y normas de la organización y del grupo.
Querer hacer: se relaciona con el interés de la persona, con su motivación.
Poder hacer: la persona debe tener los medios necesarios y los recursos para realizar los comportamientos incluidos en la competencia.
Material de la Cátedra Gestión de RRHH
Universidad Nacional de San Martìn
Prof. Agnone, Roberto
Saber: se refiere a la preparación y conocimientos de la persona.
Saber hacer: se refiere a la capacidad para utilizar los conocimientos de manera eficiente y eficaz.
Saber estar: hace referencia a lo actitudinal, a las conductas y los comportamientos conforme a las reglas y normas de la organización y del grupo.
Querer hacer: se relaciona con el interés de la persona, con su motivación.
Poder hacer: la persona debe tener los medios necesarios y los recursos para realizar los comportamientos incluidos en la competencia.
Material de la Cátedra Gestión de RRHH
Universidad Nacional de San Martìn
Prof. Agnone, Roberto
8 de mayo de 2013
27 de marzo de 2013
Derechos Humanos
"El racismo no es una opiniòn, sino un delito"
La pràctica del Comitè para la "Eliminaciòn de la Discriminaciòn Racial" es consistente en señalar que los Estados deben sancionar cuatro categorìas de comportamiento indebido:
1) La difusiòn de ideas basadas en la superioridad o el odio racial.
2) La incitaciòn al odio racial.
3) Los actos de violencia contra cualquier raza o grupo de personas de otro color y origen ètnico.
4) La incitaciòn a cometer tales actos.
Los Estados tienen la obligaciòn de prohibir estas conductas y de hacerlo por la vìa legislativa. Para que esta prohibiciòn sea plenamente eficaz debe sancionarse una norma interna en cada Estado que prohiba la propaganda o apologìa de que se trata, y en la que se estblezca una sanciòn adecuada en caso de incumplimiento.
La prohibiciòn supone tambièn para los titulares humanos, un derecho: el derecho a ser protegido de tales conductas. Se aplican aquì analògicamente los criterios de protecciòn que se infieren de las prohibiciones de la esclavitud y la reducciòn a servidumbre, la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes, la desapariciòn forzada. El Estado tiene positiva obligaciòn de garantìa y de adoptar medidas.
Se trata, ni màs ni menos, que de los deberes que todo Estado asume al comprometerse por los derechos humanos y de las condiciones en las cuales un determinado acto, que lesione derechos humanos protegidos, puede ser atribuido a un Estado y comprometer, en consecuencia, su responsabilidad internacional.
(Material Universidad Nacional de San Martìn
Càtedra: Derechos Humanos)
La pràctica del Comitè para la "Eliminaciòn de la Discriminaciòn Racial" es consistente en señalar que los Estados deben sancionar cuatro categorìas de comportamiento indebido:
1) La difusiòn de ideas basadas en la superioridad o el odio racial.
2) La incitaciòn al odio racial.
3) Los actos de violencia contra cualquier raza o grupo de personas de otro color y origen ètnico.
4) La incitaciòn a cometer tales actos.
Los Estados tienen la obligaciòn de prohibir estas conductas y de hacerlo por la vìa legislativa. Para que esta prohibiciòn sea plenamente eficaz debe sancionarse una norma interna en cada Estado que prohiba la propaganda o apologìa de que se trata, y en la que se estblezca una sanciòn adecuada en caso de incumplimiento.
La prohibiciòn supone tambièn para los titulares humanos, un derecho: el derecho a ser protegido de tales conductas. Se aplican aquì analògicamente los criterios de protecciòn que se infieren de las prohibiciones de la esclavitud y la reducciòn a servidumbre, la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes, la desapariciòn forzada. El Estado tiene positiva obligaciòn de garantìa y de adoptar medidas.
Se trata, ni màs ni menos, que de los deberes que todo Estado asume al comprometerse por los derechos humanos y de las condiciones en las cuales un determinado acto, que lesione derechos humanos protegidos, puede ser atribuido a un Estado y comprometer, en consecuencia, su responsabilidad internacional.
(Material Universidad Nacional de San Martìn
Càtedra: Derechos Humanos)
26 de marzo de 2013
La Revoluciòn Francesa: un estallido que cambiarà Europa
Espere unos segundos, hasta que aparezca el video...
- Reflexionemos acerca de los Derechos Humanos y su construcciòn social
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